El tribunal declara inconstitucional el estado de alarma
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Durante la crisis del coronavirus
hubo un Estado de Alarma.

En el Estado de Alarma, la gente
no podía salir de sus casas
salvo que fuera necesario.

El Tribunal Constitucional
declaro inconstitucional
el estado de alarma.

Inconstitucional quiere decir
que va en contra
de la Constitución Española.

La Constitución Española
nació en el 1978
y es la Ley más importante
de nuestro país.

Este tribunal ha dicho
que en vez de aplicar
el Estado de Alarma
tendría que haber aplicado
el Estado de Excepción.

El Estado de Excepción
permite suspender derechos como:

  • Prohibir la circulación de personas.
  • intervenir el transporte.
  • Intervenir los medios de comunicación.
  •  Prohibir las huelgas.

Esto supone que las personas
que han incumplido
el estado de alarma
se les devuelva el dinero
de las multas.

Según el texto
que se ha aprobado

Este texto dice:

  • Se prohibía la movilidad
    de los ciudadanos
    salvo que estas personas
    fueran a los supermercados,
    al médico o al trabajo.
  • Se prohibía la circulación
    salvo causa justificada.

Estas medidas fueron adecuadas
debido a la situación sanitaria
que había.

Pero estas medidas
el Tribunal Constitucional
las ha declarado inconstitucionales
por 3 motivos.

  • Libre circulación del territorio y del domicilio.
  • Impedir los desplazamientos.
  • La reunión entre familiares.

Más información

Esto es un resumen
a lectura fácil
de una noticia
de “El País”

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